Prestación por Desempleo
Calendario de septiembre
La Prestación por Desempleo se cobra sobre el final del cronograma del mes, por terminación de DNI y agrupando dos números por día. Son entre 2 y 12 cuotas, según lo que hayas trabajado con aportes en los últimos 3 años, y se cobra en una Caja de Ahorro de la Seguridad Social que abre ANSES.
¿Cuándo cobrás? Plan 1
El último número, el que va antes de la letra.
| Documento | Fecha de cobro | Día |
|---|---|---|
| Documentos terminados en 0 y 1 | 22/9 | martes 22 de septiembre |
| Documentos terminados en 2 y 3 | 23/9 | miércoles 23 de septiembre |
| Documentos terminados en 4 y 5 | 24/9 | jueves 24 de septiembre |
| Documentos terminados en 6 y 7 | 25/9 | viernes 25 de septiembre |
| Documentos terminados en 8 y 9 | 28/9 | lunes 28 de septiembre |
Plan 2
El último número, el que va antes de la letra.
| Documento | Fecha de cobro | Día |
|---|---|---|
| Todas las terminaciones de DNI | 1/10 al 9/10 | 1/10 al 9/10 |
A quién le corresponde
- Trabajadores en relación de dependencia con contrato regido por la Ley 20.744.
- Trabajadores del Régimen Especial para el Personal de Casas Particulares.
Requisitos
- Trabajadores permanentes: al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o a la finalización del contrato.
- Trabajadores eventuales y de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año.
Cuánto y por cuánto tiempo
Escala del 2 al 12: la cantidad de cuotas depende de los ingresos y de los meses trabajados con aportes en los últimos tres años. Quienes tienen más de 45 años cobran seis meses más.
Cuotas, según lo que trabajaste con aportes en los últimos 3 años
El monto y la cantidad de cuotas, entre 2 y 12, se calculan según tus ingresos y los meses trabajados con aportes durante los últimos 3 años. Los mayores de 45 años cobran 6 meses más.
Mientras cobrás la prestación te siguen correspondiendo las asignaciones familiares y la cobertura de obra social.
En qué casos se puede pedir
Depende de cómo terminó la relación laboral, y cada caso pide su propia documentación:
| Situación | Qué hay que presentar |
|---|---|
| Despido sin justa causa | Telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada del empleador |
| Mutuo acuerdo | Para los ceses ocurridos a partir del 6 de marzo de 2026 |
| Quiebra o concurso preventivo del empleador | Nota del síndico certificando la disolución del contrato y sentencia de quiebra autenticada |
| Denuncia del contrato con justa causa | Telegrama de intimación y telegrama de desvinculación enviados por vos |
| No renovación de un contrato a plazo fijo | Copia del contrato de trabajo vencido |
| Fallecimiento de un empleador unipersonal | Copia certificada del acta de defunción |
En todos los casos hay que presentar el DNI, original y copia.
El cese por mutuo acuerdo pasó a dar derecho a la prestación para las desvinculaciones ocurridas a partir del 6 de marzo de 2026. Hasta entonces quedaba afuera. Es la fecha en que se publicó la Ley 27802 de Modernización Laboral, que modificó la Ley de Contrato de Trabajo.
Dónde se cobra
Acá el circuito es distinto del resto de las prestaciones: ANSES gestiona la apertura de una Caja de Ahorro de la Seguridad Social a tu nombre. Después tenés que presentarte en la sucursal bancaria asignada para formalizar la apertura, y ahí el banco te entrega la tarjeta de débito.
Cómo se hace el trámite
- Reuní la documentación personal y familiar que corresponda a tu caso.
- Entrá al canal de Atención Virtual con tu CUIL y Clave de la Seguridad Social. Si no tenés clave, se puede obtener en el momento.
- También se puede hacer presencial en una oficina, con turno previo.
Las citaciones que te manda el Ministerio de Capital Humano son de asistencia obligatoria. Y si empezás a trabajar, tenés que informarlo.
Antes de hacer un trámite, esperá 48 horas hábiles: que sea tu día no quiere decir que la plata esté a las 00:00, y la acreditación puede aparecer en cualquier momento de la jornada. Si pasado ese plazo seguís sin cobrar, mirá los otros tres motivos habituales, que se resuelven sin ir a una oficina.
Fuentes. Prestación por Desempleo, ANSES · Calendario de Pagos de ANSES, leído el 2026-09-26 · cartilla oficial de montos de septiembre de 2026. Verificamos y actualizamos estos datos cada mes.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos meses se cobra el desempleo?
Entre 2 y 12 cuotas, según tus ingresos y los meses trabajados con aportes en los últimos 3 años. Quienes tienen más de 45 años cobran 6 meses más.
¿Cuándo se cobra la Prestación por Desempleo?
Sobre el final del cronograma del mes, agrupando dos terminaciones de DNI por día. El Plan 2 se paga en un tramo aparte.
¿Se puede cobrar el desempleo si renuncié?
Si te fuiste por decisión propia sin causa, no. Sí corresponde si hubo despido sin justa causa, quiebra del empleador, no renovación de un contrato a plazo fijo, fallecimiento de un empleador unipersonal, denuncia del contrato con justa causa y, para los ceses ocurridos a partir del 6 de marzo de 2026, también por mutuo acuerdo.
¿Dónde se cobra la Prestación por Desempleo?
ANSES gestiona la apertura de una Caja de Ahorro de la Seguridad Social. Hay que presentarse en la sucursal asignada para formalizar la apertura y retirar la tarjeta de débito.